Como se ha venido insistiendo en los
escritos anteriores el proceso militar para la toma decisiones debe tener como
resultado básico la emisión de una orden de operaciones que como acto
administrativo soporte jurídicamente el actuar de los hombres en el teatro de
operaciones.
Respecto a la orden de operaciones
es de indicar que en repetidas ocasiones y atendiendo a los diferentes
requerimientos con los cuales se debe cumplir a diario en las Unidades
Militares, se delega a personas diferentes
al oficial de Operaciones la elaboración de las mismas, encontrándose que en
algunas situaciones el personal delegado
no cuenta con la preparación suficiente para le realización de dicho
acto administrativo, y legal y doctrinariamente no son los competentes para cumplir
con dicha función.
Así mismo es meritorio recordar que
en las diferentes inspecciones judiciales por parte de Fiscalía General de la Nación
o los diferentes entes de control, respecto de procesos que se adelanten por
resultados obtenidos en virtud de operaciones militares uno de los primeros
puntos a inspeccionar es el archivo operacional y por ende la orden de
operaciones, es por ello que a manera académica se recuerda que
doctrinariamente las ordenes se clasifican en ordenes administrativas y ordenes
de operaciones.
Respecto a la orden de operaciones
esta debe contener los detalles mínimos de una manera clara entendible y
sucinta para la conducción de determinada operación, como acto de voluntad del
Comandante a sus unidades subordinadas, así mismo se debe recordar que
doctrinariamente las ordenes se clasifican en; Orden de
operaciones, de apoyo de servicio, de marcha, anteorden y
ordenes Fragmentarias.
Unas de las mayores observaciones que se presentan referente a la orden de operaciones, tiene que ver con el
desconocimiento de la doctrina, puesto que se encuentra que las mismas no
cumplen con los requisitos de forma y fondo debidamente establecidos,
desnaturalizando le intención del Comandante, y la misión de las operaciones
militares ya que se estructuran en
formatos complejos y densos que difícilmente pueden ser explicados y entendidos
con claridad por quienes directamente la
van a ejecutar en el área de operaciones, dejando a un lado la premisa
doctrinaria que contempla que la ORDOP no es mas que “ un documento escrito distribuido por el
comandante a sus subordinados para la realización de una operación. Siempre
especifica la hora y fecha de su ejecución, expedida en forma verbal, escrita o
gráfica, y desarrolla todos los aspectos necesarios para que las unidades,
agencias y organismos subordinados comprendan cabalmente las tareas que les
corresponde cumplir en una operación determinada”
KIMORA.
No hay comentarios:
Publicar un comentario