sábado, 18 de junio de 2016

Legalidad operacional:

Dentro del análisis de los aspectos de legalidad operacional, debe considerarse un aspecto importante relacionado igualmente con la complejidad del conflicto, resulta importante entrar a considerar unos mínimos que conlleven dentro del derecho operacional al blindaje jurídico de las actuaciones legitimas del personal que se encuentra inmerso en el desarrollo  de operaciones  militares y de la minimización de daños colaterales que resulten  del empleo en apoyo de fuego de artillería así:  

Es determinante la identificación clara e inequívoca del objetivo militar, este será determinado a través del informe de inteligencia y consecuente anexo                 de inteligencia; en mencionado documento se debe delimitar el objetivo precisando las características que permitan establecer el bien y/o área a neutralizar diferenciándolos de los bienes civiles y personas civiles protegidas ubicados en las zonas próximas.   

Establecer la necesidad militar, en el informe de inteligencia y su anexo permite la concepción clara de la amenaza, determinando de manera exacta los motivos para la neutralización del objetivo.   


La sección de inteligencia en este aspecto tiene un trabajo fundamental                        e importante que radica en la determinación del objetivo militar y la identificación de la necesidad que conlleve al ataque en los documentos emitidos por la sección segunda debe contenerse la ventaja que se obtiene con la neutralización del objetivo y la probabilidad de causar daño colateral, en mencionados documentos debe establecerse la presencia de unidades, población, bienes civiles y  comunidades especiales etc...   ARDENAS 

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