Las Fuerzas Militares en escenarios de Postconflicto
En el contexto colombiano actual, donde se ha optado por aplicar instrumentos de Justicia Transicional con el fin de dar los primeros pasos para dar fin a los escenarios de confrontación y materializar una paz estable y duradera, resulta preciso considerar cuáles serán los roles, funciones y competencias que asumirán las Fuerzas Militares, no sólo en puntos de postconflicto, sino, precisamente, en situación de postacuerdo.
Lo anterior se destaca, cuando, sin lugar a dudas, las Fuerzas Militares forzaron a las FARC- EP a considerar la negociación de finalización del conflicto con el Gobierno Nacional. En ese orden de ideas, la actuación de la institución castrense, a través de sus hombres y mujeres de tierra, mar, aire y río ostentan un papel determinante y protagónico en la situación coyuntural actual ad portas de la firma de un acuerdo final con este Grupo Armado Organizado, esencialmente, porque de dicha negociación, probablemente, conllevará a la ruptura de paradigmas tradicionales de cómo usar la fuerza y los escenarios en los cuales operará.
Dicha hipótesis conlleva, en principio, a suponer que la negociación y su firma comportarán la finalización del Conflicto Armado de Carácter No Internacional desplazando la aplicación del Derecho Internacional Humanitario en Colombia; no obstante, dicha afirmación es altamente falaz, dadas las condiciones contextuales del país, situación que las Fuerzas Militares y el sector defensa han previsto con la expedición de la Directiva 015 de 2016 donde se reconoce que en el Estado Colombiano las situaciones de conflictividad aún alcanzan altos umbrales de violencia desatados por organizaciones que reúnen los requisitos objetivos establecidos en los convenios de ginebra y sus protocolos adiciones, por lo que las FFMM deberán contrarrestar dicha amenaza a través de las prescripciones propias del DIH.
Así las cosas, las Fuerzas Militares del futuro están llamadas a atender dos escenarios contrapuestos, pues por un lado deben actuar en "escenarios de paz”, tras la firma de las negociaciones en La Habana, pero también es “escenarios de conflicto” con los Grupos Armados Organizados identificados, dicha misión implica la concepción clara y precisa de los marcos jurídicos establecidos para el desarrollo de operaciones militares, es decir, el respeto y garantía de los derechos humanos como marco transversal a toda la actividad militar y las reglas establecidas en el marco del Derecho Internacional Humanitario.
Situación que conlleva a ajustar, concertar y precisar la doctrina operacional y jurídica operacional, así como brindar una permanentee capacitación a los miembros de las Fuerzas Militares, ya que como tales, están llamados a proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
A la postre de lo expuesto por el Dr. Pinzón, se destaca la certeza con la que el jefe de la cartera reconoce la adaptabilidad y versatilidad de las Fuerzas Militares, quienes frente a os cambios sociopolíticos ajustan su actuación, con el fin de garantizar los fines esenciales del Estado, cumplir la misión constitucional asignada y contrarrestar la amenaza, como institución que ostenta legítimamente el uso de la fuerza.
Apropósito, resulta necesario enfatizar la relación estrecha entre violencia y Estado que supo ver Weber a principios del siglo XX, lo cual ha influido en la sociología y la teoría del Estado actual. El Estado se puede definir de muchas maneras, sin embargo, la menos ambigua es aquella que lo define por su medio específico: la violencia.
El Estado que sufraga campañas a favor de la paz vende y posee más armas que el conjunto de la ciudadanía. El Estado, cualquier Estado, intenta deslegitimar la violencia ajena a sí mismo, pero en ningún caso deja de hacer uso de la violencia para autosustentarse. (Hipona, 2007)
Al respecto, el Manual de Derecho Operacional de las Fuerzas Militares, señala que “el monopolio del uso de la fuerza por parte del Estado es un mecanismo fundamental para asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de los derechos. De ello, se desprende que una trasgresión a la convivencia por parte de quien pretenda quebrantar, afectar o subvertir el orden constitucional y legal harían ineficaces los derechos de las personas, quienes se verían sometidos al arbitrio del más fuerte.
La afirmación de que la violencia legítima es el medio específico del Estado es una idea común en la sociología actual y que se considera, casi paradigmáticamente, como cierta.
En el mismo sentido, la Corte Constitucional indicó que “(…) un régimen estatal se desnaturaliza cuando las normas que restringen el uso indiscriminado de la violencia dejan de ser efectivas; esto explica el hecho de que todo Estado, por regla general, monopolice el ejercicio de la fuerza”, solo así “se sabe con certeza quien, cuando, bajo qué circunstancias y en qué medida puede usar legítimamente la fuerza”
Así las cosas, quienes están llamados a reestablecer el orden y garantizar la vida, honra y bienes de los colombianos, es la Fuerza Pública, tanto en “escenarios de paz” como en “escenarios de guerra”. Dichos escenarios plantean debates profundos en términos de seguridad y uso de la fuerza y los retos en momentos de transición, precisamente, bajo los conceptos de establecimiento de la paz y construcción de la paz (peacemaking and peacebuilding), y la conservación y consolidación de la paz (peacekeeping).
En este sentido, se prevé una seguridad para la transición que, que brinde garantías de protección de la integridad física y de los derechos de las partes y de toda la sociedad, de modo tal que se reduzcan las barreras para darle el paso del conflicto a una situación de inclusión. Los profesores David Álamos y Ana Daza, señalan que se requiere de “(…) una seguridad que proteja la universalidad efectiva de los derechos, que incida en el cese de cadenas de ira y venganza; y una seguridad que se construya desde abajo, en pos de la corresponsabilidad en el logro del imperio de la ley. Una seguridad que también se exprese como confianza en accesos iguales para todos, a los mismos derechos y garantías, y aceptación de todos de la norma y su deliberación pública, como reguladores supremos de las relaciones sociales. En esta transición, el desarrollo, la paz, la seguridad y los derechos humanos están interrelacionado y se refuerzan mutuamente”
Lo anterior deja entrever los complejos retos operacionales que tendrán las Fuerzas Militares, máxime cuando la firma final del acuerdo e inclusive, actualmente, de facto se está en escenarios de conflicto armado de carácter no internacional y en escenarios de consolidación para alcanzar una paz estable y duradera, es decir, la seguridad “transicional está basada en un entorno altamente protector con una duración y un territorio específicos, que permita la desactivación voluntaria de mercados y rentas ilegales y la legalización de propiedades y transacciones cotidianas”
En consecuencia, y basado en lo expresado por el Doctor Ramón D. Ortiz, el éxito de la estrategia de las Fuerzas Militares para el postacuerdo y el postconflicto se fundamenta y se sustenta sobre una fórmula de innovación con unas características particulares que permita desarrollar las capacidades militares requeridas para enfrentar y asumir los nuevos retos de seguridad internos.
Sky - "el filósofo contemporáneo del martillo"
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