sábado, 18 de junio de 2016

CONOCE COLOMBIA PAIS EN CONFLICTO EL DERECHO OPERACIONAL
En el capítulo anterior llegábamos a diferentes conclusiones pero también cerramos con un interrogante que pretendo abordar y es a pesar de estar Colombia en un conflicto interno armado de carácter no internacional y de ser líderes en la práctica militar limpia no solo en la región sino en el mundo, hemos tratado durante estos espacios el descuido de un país y su ciudadanía con el principal soporte de desarrollo y mantenimiento de un poco de paz, porque vivir más de 50 años en guerra y tener lo que tiene este país sencillamente es un hecho que pocos podrían creer, llegamos entonces a  la mitad de la columna vertebral de este tema y espero dejar un tanto en la reflexión de la importancia, esta es la necesidad de difundir el derecho operacional en un país donde por lo menos lo juristas debe tener  un conocimiento más que básico pues hace parte de su ordenamiento que por contexto se  vuelve natural, es allí nos encontramos la primer sorpresa en el texto pasado relacionamos cuantos reveses tiene la profesión militar y no dentro del teatro d operaciones sino en los estrados judiciales, profesionales que un día salieron de  sus casas con el ánimo de hacer una verdadera patria y que luego de recibir reconocimientos se encontraron con la noticia que años después lo que el creyó haber hecho bien hoy día no se está cuestionando por un estrado de judicial pues porque sencillamente para estos existe la posibilidad de que el hecho  se encuentra fuera de las reglas fijadas por nuestro marco normativo y haciendo un análisis intenso encontramos que las situaciones de guerra se están investigando y lo que es peor juzgando dentro de marcos normativos fuera de su naturaleza por operadores judiciales convencidos de estar actuando en derecho, pero no nos digamos mentiras yo que estuve en una unidad académica adelantando durante varios años el estudio de una de las más linda profesiones la del derecho debo reconocer que jamás se me dijo ni siquiera una palabra que refiera al concepto de derecho operacional y tuve profesores ilustres no solo en su función académica sino profesional y doble con la sorpresa a colegas de otros claustros cuando de hablar de delitos cometidos por infracción al dih, que se hace vital a la hora de entender el derecho de la guerra ni siquiera fueron tocados con el argumento sin duda absurdo que jamás iba la estudiante en su momento a enfrentar este tipo de situaciones cuando vive quizás en uno de los países más protagonista, entonces simplemente  sin contradecirme he expresado que si existen garantías jurídicas para la actividad militar en Colombia y lo defiendo porque  hoy día conozco y eso abre la posibilidad ya que poco a poco este grupo crece pero debo cerrar diciendo para seguir avanzando en su desarrollo que en Colombia no conocemos el derecho operacional, nos vemos pronto y seguiremos entrando cada día mas en el mensaje que les quiero regalar espero estén entendiendo mi línea y lo más importante sintiendo  mi misma preocupación para que me ayuden.




MEDUZA

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