PRINCIPIOS BÁSICOS A TENER EN CUENTA EN LA CONDUCCIÓN DE HOSTILIDADES
Las operaciones militares se
deben desarrollar bajo la observancia y cumplimiento de los principios del
Derecho Internacional humanitario, todos estos principios son pertinentes
durante la ejecución de dichas operaciones, no obstante, hay dos principios de
vital importancia, los cuales se necesitan entender y aplicar durante la
planificación y ejecución de dichas operaciones militares; estos dos principios
son el de DISTINCIÓN y PROPORCIONALIDAD, los cuales se
desarrollarán a continuación:
1.
PRINCIPIO
DE DISTINCIÓN: Este principio contempla que en la
conducción de las hostilidades se debe distinguir siempre claramente entre
combatientes y población civil, específica que el personal civil está protegido
de los ataques militares y sólo pierden tal protección cuando participan
directamente en las hostilidades y mientras dure esa participación.
De acuerdo a lo establecido
en el principio de distinción entonces tenemos que se pueden considerar como
ataques indiscriminados los siguientes:
- Los ataques que no están dirigidos contra un
objetivo militar concreto.
- Cuando se emplean medios o métodos de combate
que no pueden dirigirse contra un objetivo militar concreto.
- Cuando se emplean medios o métodos de combate
cuyos efectos no sea posible limitar conforme a lo exigido en el DIH.
Todos estos ataques están
prohibidos por el derecho internacional humanitario y por ende deben ser
aplicados en el marco del conflicto armado interno que enfrenta el estado
colombiano.
2.
PRINCIPIO
DE PROPORCIONALIDAD: Este principio básicamente establece que
cuando se lanza un ataque sobre un objetivo militar definido, las personas y
bienes civiles deben estar en la mayor medida posible protegidos de los daños
incidentales o colaterales que se puedan presentar; los daños causados incidentalmente
no pueden ser excesivos en relación con la ventaja militar que se obtenga en la
operación con dicho ataque.
En el caso de que halla un
uso excesivo de la fuerza se estaría actuando en contra vía del DIH y podría
constituir un crimen de guerra.
Lo anterior quiere decir que
cuando se planifiquen o ejecuten las operaciones militares, en estas no se
pueden contemplar ataques indiscriminados ni siquiera contra combatientes u
objetivos militares, lo que nos obliga a considerar las posibles repercusiones
sobre los bienes y personas protegidas y en el caso de que resulte
desproporcionado entonces debemos considerar realizar el ataque con otros
medios o métodos que no causen daños desproporcionados a los bienes y personas
protegidas y en el caso de que no sea posible entonces lo mejor es abstenerse
de realizar el ataque.
Es necesario precisar que
para poder cumplir con las normas del DIH, se requiere de una información
precisa, una planificación detallada y el establecimiento de unas reglas de
enfrentamiento claras, estos tres requisitos son fundamentales para el éxito de
toda operación militar.
ORION
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