viernes, 24 de junio de 2016

Los retos de la Legitimidad Institucional


Las Fuerzas Militares como institución del Estado, está encaminado al desarrollo de operaciones militares, para defender y mantener la soberanía, la independencia y la integridad territorial, generando un ambiente de paz, seguridad y desarrollo que garantice el orden constitucional de la Nación.

Es de anotar, que las actuaciones desarrolladas por los soldados de tierra, mar, aire y río, se encuentran dentro de los estándares universales de legalidad haciendo énfasis en la defensa, respeto, protección y observancia de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, especialmente el marco normativo aplicable a los conflictos armados de carácter no internacional, como el artículo tercero común a los Convenios de Ginebra de 1949, el Protocolo II Adicional a los mismos convenios y las demás normas consuetudinarias del Derecho Internacional Humanitario.

Asimismo, el ambiente operacional en el que se desarrollan las operaciones militares hace cambiante y dinámico el actuar de los hombres y mujeres que integran el Ejército, Armada y Fuerza Aérea, quienes deben materializar el cumplimiento de su misión constitucional contrarrestando las  diferentes amenazas y los múltiples escenarios que comprometen no solo su responsabilidad, sino también la imagen institucional y del Estado. Es así como, la aplicación del marco jurídico deberá corresponder al análisis conjunto y coordinado de la información de inteligencia, el concepto jurídico y la apreciación operacional, atendiendo los requisitos de la normatividad del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, del Derecho Internacional Humanitario, así como la Directiva 003 de 2015 de la Fiscalía General de la Nación.

El actuar de las Fuerzas Militares con fundamento en el sistema jurídico nacional e internacional, para contrarrestar las amenazas, disminuir la intensidad del conflicto y fortalecer la legitimidad institucional deberá continuar realizando y difundiendo de forma general y específica a todos los miembros de la institución, el respeto, promoción, protección y defensa de los derechos humanos, además de la observancia de las normas del derecho internacional humanitario aplicable en el planeamiento, ejecución y conducción de operaciones militares llevadas a cabo por las Fuerzas Militares en tiempos de paz o de guerra, siempre en pro de la protección de la población civil.

Por otro lado y atendiendo la coyuntura actual que atraviesa el Estado colombiano y las Fuerzas Militares se encuentra realizando el direccionamiento, la emisión de lineamientos y la asesoría al alto mando en el modelo de justicia transicional, con fundamento en el Marco Jurídico para la Paz[1], resaltando la importancia de la satisfacción de los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición de las víctimas del conflicto armado, dirigiendo sus esfuerzos a la construcción de la Memoria Histórica Militar y a la eventual participación de los miembros de la Fuerzas Militares en la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, Convivencia y la No repetición, con el fin de alcanzar un nivel de reconciliación que garantice una paz estable y duradera.

No obstante, para la materialización de los esfuerzos dirigidos desde la institución, precisamente en lo referente al modelo de justicia transicional que pretende superar un conflicto y alcanzar la paz, requiere de una innovación de las Fuerzas Militares, diseñando estrategias que adapten la institución a los nuevos retos en escenarios de post-acuerdo, misión que ha sido asignada al Comando Estratégico de Transición – COET, el cual tiene la responsabilidad de liderar, orientar y articular los asuntos de FF.MM y PONAL en la Transición del fin del conflicto.

Lo anterior, atendiendo la necesidad imperiosa de continuar fortaleciendo de manera unificada y centralizada la legitimidad de las Fuerzas Militares, contrarrestando el accionar de las amenazas con esfuerzo armado y no armado, para coadyuvar a la defensa institucional ante organismos nacionales e internacionales, logrando seguir posicionando la institución hacia el futuro y aumentando el respaldo de la población civil.

Como bien lo decía Sun Tzu (autor de El Arte de la Guerra) y tantos otros estrategas, la guerra se libra principalmente en el campo político. Es decir, en los intangibles. Y solo una tercera parte en el campo de batalla.

Así como se ha identificado el centro de gravedad del enemigo (AUI, Farc y ELN) en sus finanzas ilegales y los cabecillas, no debe caber la menor duda que la fortaleza de la Fuerza Pública radica en la confianza y credibilidad que el pueblo colombiano y la comunidad internacional puedan tener en ella.

Si un Estado pierde legitimidad ante los ojos del pueblo, de poco será lo que, en última instancia, le servirá el respaldo de las armas. Colombia se enfrenta a una etapa decisiva dentro del conflicto, donde el debilitamiento militar del enemigo es determinante para cortarle su prepotencia y conducirlo de manera forzosa a negociar. Pero este no es un argumento suficiente para que la Fuerza Pública pierda la legitimidad y la confianza que con tanto sacrificio ha ganado a lo largo de estos últimos años.

Existen los medios y los métodos legítimos y lícitos para el logro de ese fin. De allí la importancia de conocer de manera amplia y suficiente aquellas herramientas con que se cuenta diferentes a las armas para hacer la guerra y ganarla, dentro de los preceptos constitucionales y legales.

El derecho internacional de los conflictos armados (DICA), como se conoce en el medio militar o derecho internacional humanitario (DIH), no prohíbe la guerra, pero si la regula con el propósito que las partes involucradas acepten unas normas y eviten los desbordamientos de la violencia. El principio de humanidad no se contrapone a los intereses militares y por el contrario enaltece a los líderes militares y a sus soldados.
  
Es por esta razón que el derecho internacional humanitario es considerado un derecho de mínimos, toda vez que lo que pretende es reducir el sufrimiento y la destrucción en una situación especial como es el caso de una guerra. Es esta quizás, la principal diferencia entre del DIH y los derechos humanos, que son por su parte, un derecho de máximos, pues su objetivo primordial es la protección del individuo en condiciones diferentes a las de una confrontación armada.

Existen eso si, derechos que son inalienables y cuya vigencia es permanente, incluso en estado de guerra y ellos son: el derecho a la vida, la libertad, la igualdad ante la ley, la no esclavitud, la no tortura, el juicio justo, entre otros.

Para el caso de los conflictos de carácter no internacional, el cual se da al interior de un Estado, entre las Fuerzas Armadas regulares y las Fuerzas Armadas disidentes, o entre las Fuerzas Armadas y grupos armados organizados, se regula por lo establecido en el artículo 3 común a los cuatro convenios de Ginebra de 1949 y el protocolo adicional II de 1977. Esta segunda norma se aprobó para Colombia con la Ley 171 del 16 de Diciembre de 1994. Tanto la Constitución Política de Colombia en su artículo 214 hace mención de manera general de las reglas del DIH, como el código penal (Ley 599 de 2000) en cuyo capítulo octavo, Título II, relaciona veintinueve delitos contra las personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario. El Código Disciplinario Único (ley 734 de 2002), prevé como faltas gravísimas, las graves infracciones o violaciones al derecho internacional humanitario.

La Fuerza Pública colombiana, ante el repliegue del enemigo, considerado por algunos táctico y por otros estratégico, debe utilizar como métodos de guerra primario, aquellos válidos y contundentes como son: la inteligencia, la astucia, la sorpresa, la maniobra, los medios psicológicos, etc. El enemigo está débil militar y políticamente, y es el momento de atacarlo; no solo mediante el uso de las armas del Estado sino con los intangibles, quitándole ese exiguo respaldo que le queda de la población, en las áreas donde ha gobernado y hecho presencia desde siempre.

La inteligencia hace parte fundamental de este patrimonio de los intangibles unido al artificio. La guerra no deberá concebirse en términos de grandes mortandades y destrucción; apoderarse de todo o casi todo sin destruirlo o dañando lo mínimo, ha de ser el objetivo propio de un estratega. El poder de la inteligencia, el engaño y la desorganización y división del enemigo a través del falso rumor, son elementos básicos y validos para el desarrollo de la guerra.

Operaciones cortas y contundentes; conocimiento del enemigo; atacar su mente; flexibilizar los planes y la maniobra; concepto de humanidad y el más importante de todos, pero que a la vez es el que requiere mayor estudio, análisis y trabajo; someter al enemigo sin luchar con él. Son estas estrategias y principios básicos que a pesar de haber sido escritos hace mas de veinticinco siglos, tienen vigor y aplicación, mas aún, si se tiene en cuenta que las fuerzas enemigas están conformadas por colombianos.
  
La estrategia de guerra propuesta, requiere de las cualidades morales, emocionales e intelectuales del líder militar. La buena conducta de los hombres es fundamental para la obtención del éxito y del comportamiento del líder se deduce el comportamiento de sus hombres. El culto a la disciplina hace que los subalternos cumplan las ordenes normalmente sin cuestionar la legalidad de las mismas, pues se presume la buena fe y el profesionalismo de los comandantes que las emiten. De los comandantes solo se pueden y deben esperar ordenes legítimas.

La planificación antes de la toma de decisiones es fundamental, pues el conocimiento amplio y certero del enemigo, permite el desarrollo de operaciones militares rápidas, efectivas y con costos reducidos. "Ningún país se ha beneficiado alguna vez de una guerra interminable", afirma Tzu en su libro. Entre más compleja sea la situación, mayor debe ser la calma, sensatez y serenidad en la toma de decisiones. El líder militar debe tener la capacidad de enfrentar la realidad de la circunstancia que atraviesa con la teoría, conectar la mente y el corazón, para que la presión que imprime cualquier momento de dificultad, se pueda sortear con la serenidad que requiere para tomar la mejor decisión, cumplir la misión y obtener la victoria.

El tema de la confrontación es vital para el Estado y debe considerarse como un asunto de supervivencia, por eso el manejo que se de a la misma requiriere del mayor cuidado e interés por parte de los gobernantes y los líderes militares. Las situaciones victoriosas a través de la historia, se han dado, como resultado de la imaginación creativa de un líder. La genialidad y liderazgo del señor Presidente, unido a la capacidad, fortaleza y convicción de su Fuerza Pública, llevarán a Colombia a la victoria y por ende a la obtención de la tan anhelada paz.


Sky "el filosofo contemporáneo del martillo"





[1] Acto Legislativo 01 de 2012 “Por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos de justicia transicional en el marco del artículo 22 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones"

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