miércoles, 22 de junio de 2016

LA ASISTENCIA MILITAR, A LA LUZ DEL DERECHO OPERACIONAL COLOMBIANO DESDE LA PERSPECTIVA DE LA FUERZA AEREA COLOMBIANA CONTEXTO JURIDICO OPERACIONAL EN COLOMBIA III LA CONSOLIDACION DE LA ASISTENCIA MILITAR EEUU-COLOMBIA Y ACTUALIDAD JURIDICO OPERCIONAL COLOMBIANA


LA ASISTENCIA MILITAR, A LA LUZ DEL DERECHO OPERACIONAL COLOMBIANO DESDE LA PERSPECTIVA DE LA FUERZA AEREA COLOMBIANA

CONTEXTO JURIDICO OPERACIONAL EN COLOMBIA III

LA CONSOLIDACION DE LA ASISTENCIA MILITAR EEUU-COLOMBIA Y ACTUALIDAD JURIDICO OPERCIONAL COLOMBIANA
AQUILES[1]





La máxima victoria es la que se gana sobre uno mismo.

Buda

Buenas Tardes Queridos Lectores

En la última entrada de este blog, se expresaba de manera breve pero puntual la primera aplicación, a juicio del autor del presente blog, de la figura jurídico operacional de la asistencia militar, remitiéndose específicamente al gran aporte realizado por los Estados Unidos de América (EEUU) a Colombia, bajo el manto del Plan Colombia, el cual de una manera significativa ayudo a equiparar, en todo sentido, a las Fuerzas Armadas de Colombia en la lucha contra los Grupos Armados Organizados al margen de la ley, específicamente el GAO FARC y ELN. Así mismo, se indicaba que desde la perspectiva de la FAC, proyectada a través del Plan Colombia, se habían logrado grandes avances tecnológicos, jurídicos y militares gracias a los aportes que en materia técnica, logística, económica e intelectual se gestaron por parte del país norteamericano y fueron brindados con el fin de impulsar la derrota de mencionados nichos. Como ejemplo de lo anterior, mencionábamos la modernización de algunas bases aéreas, entre las cuales se encuentra la unidad militar aérea ubicada en Puerto Salgar, Cundinamarca y denominada CACOM 1, en la cual tanto a mediano como a largo plazo, se pronosticaba la ejecución de operaciones de manera internacional con Fuerzas Militares de otros países, utilizando las aeronaves y mantenimiento capacitado, entre otros brindado también por el personal norteamericano.

En concordancia con lo anterior, se tiene que posterior al año 2009 y hasta el año 2015, luego de una fuerte ofensiva liderada por instituciones castrenses repotenciadas física y moralmente cuyo producto final fue la desmovilización, en su gran mayoría, de las autodenominadas Autodefensas de Colombia bajo un marco normativo primario de justicia transicional, desglosado a través de la Ley 975 de 2005, se lograron grandes victorias en el conflicto armado interno por parte del Estado Colombiano, afianzando su legitimidad e incrementando el nivel de confianza en todos los nacionales colombiano.

La creación, en el año 2009 de instituciones tan prestigiosas, defensoras y promotoras de los Derechos Humanos y fieles respetuosas del Derecho Internacional Humanitario, tal y como lo es la Escuela de Derecho Internacional Humanitario del Ejercito Nacional de Colombiana, entre otras, permitieron seguir con el avance del Derecho Operacional (DOPER) a pasos agigantados, obteniendo así para el año 2010 que en la Escuela de Guerra se incluyera el conocimiento del DOPER en el pensum del Curso de Altos Estudios Militares (CAEM) y Curso de Estado Mayor (CEM) permitiendo así la capacitación de grandes líderes militares de la fuerza pública y que incluía a las Fuerzas Militares y Policía Nacional de Colombia. Como era de esperarse, la oferta académica en dicha materia fue aumentando de manera significativa durante los años 2011 y 2012 dando lugar a espacios académicos como seminarios, talleres y prácticas que permitieran aprehender de una forma dinámica la doctrina operacional aplicada de acuerdo a las leyes internacionales y que otorgo como gran máxima, luego de un brillante peritaje en DOPER impartido como prueba en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), la actualización del nuevo marco normativo operacional conocido como el actual Manual de Derecho Operacional para las Fuerzas Militares, Segunda Edición, 2015 lo cual de gran manera influyo para que en el año 2014 a través del Decreto 124 del 2014 se definiera el Derecho Operacional.

Es así como, a grosso modo, se fue regulando la actuación operacional de las Fuerzas Militares bajo el Bloque de Constitucionalidad (Art. 93, C. P. 1991), otorgando además gran relevancia al papel de la Policía Nacional de Colombia, en especial, aplicando la figura de Asistencia Militar bajo el Decreto 1355 de 1970, artículos 86 a 95, modificado por el Decreto Nacional 522 de 1971.

En la próxima publicación, retomaremos las definiciones de Derecho Operacional y Asistencia Militar, teniendo en cuenta lo establecido por compendios normativos nacionales e internacionales  relacionándolos a su vez con la Doctrina FAC y el Manual de Derecho Operacional para las Fuerzas Militares, Segunda Edición, 2015 e identificándolos con lo discernido por el Dr. Jean Carlo Mejía Azuero, uno de los mejores tratadistas en Derecho Operacional según el autor del presente documento, respecto al tema de estudio. Finalmente abordaremos más conceptos relacionados con el Derecho Operacional Colombiano y Operaciones Tipo FAC, con el fin de aclarar el panorama e identificar los pro y contra del objeto del presente blog.

Los invito a escribirme sus opiniones, sugerencias, peticiones y grandes aportes al correo jdtm182 @hotmail.com.


SIC ITUR AD ASTRA..!!!!




[1] Abogado egresado de la Universidad Militar Nueva Granada (2013), Oficial Fuerza Aérea Colombiana desde  el año 2013, Asesor Jurídico Legal y Operacional.

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