jueves, 16 de junio de 2016


 
 
MENORES DE EDAD EN CASOS DE INTERDICCION MARITIMA


En algunas ocasiones cuando ocurren casos de interdicción marítima por Guardacostas de la Armada Nacional se han encontrado además de sustancias que posiblemente pudieran ser ilícitas, menores de edad que hacen parte de   esas embarcaciones trabajando ocasionalmente en el tráfico de estupefacientes o porque bien pueden pertenecer a las RAT (redes de apoyo al terrorismo) que se dedican al narcotráfico como fuente de ingresos, al presentarse esos casos lo que se debe hacer inicialmente antes que cualquier cosa, cambiar el lenguaje, con eso me refiero a que cuando se sabe que son menores de edad no se puede expresar que se capturan, sino que se ponen a disposición de la policía de infancia y adolescencia o directamente al bienestar familiar para que hagan lo pertinente, si es el caso de un menor que milita en las filas de las Farc o cualquier otro grupo subversivo se dice que el menor se recuperó y se hace igual procedimiento, esto de no decirles capturados sino recuperados es importantísimo porque se dice que el menor es víctima también del conflicto armado lo cual hace la diferencia independientemente si llego por voluntad propia o no a las filas insurgentes, de eso se encargara el sistema de responsabilidad penal para adolescentes si hubiera lugar a ello.

Es claro que antes de hacer estas operaciones de control marítimo debe no solo dejarse claro al personal de Guardacostas que sale a operar sino también en la orden de operaciones se debe establecer que se puede presentar la posibilidad de encontrar menores de edad en embarcaciones intervenidas y que además del cumplimiento de todas las normas y el buen trato se debe también tener presente que a este menor en ningún momento se le puede entrevistar ya que está totalmente prohibido, ni siquiera en el caso hipotético que pudiera dar información para la captura de algún cabecilla. Es triste ver que en el conflicto armado colombiano se puedan ver menores implicados participando del mismo activamente pero ya que se presenta este fenómeno se debe dar lección a las tropas y para el caso a Guardacostas de la Armada Nacional como manejar estas situaciones para evitar posibles repeticiones jurídicas para el personal marino y para el comandante como tal.

 

Autor: Poseidón

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