PRINCIPIOS
DE CONDUCCIÒN DE HOSTILIDADES
Principalmente
y para comprender el contexto de los principios que rigen la conducción de hostilidades empezare por definir desde
el punto de vista conceptual la palabra hostilidades abordada en el Diccionario
de Derecho Internacional de los Conflictos Armados (Pietro Verri CICR), como
los “actos de violencia ejercidos por un
beligerante contra un adversario a efectos de aniquilar su resistencia y de
obligarlo a seguir su propia voluntad. Aunque en el derecho internacional
positivo no se defina este término, ha sido utilizado ampliamente”.
Los principios
en la conducción de hostilidades buscan que en el desarrollo de las mismas se
limiten los medios y métodos de combate, al momento de planear y ejecutar las
operaciones militares. El Manual de Derecho Operacional para las FF.MM (edición
2015), plantea cuatro elementos a tener en cuenta al momento de conducir
hostilidades. Estos elementos son en su orden: 1. La prohibición de ataques
indiscriminados y sujetos de protección. Visto el ataque desde el derecho
internacional humanitario como la violencia que se ejerce contra el adversario
con fines ofensivos y defensivos, en ese contexto está prohibido los ataques a
la población civil como tal, cuyo objeto sea el de generar zozobra, terror etc.
Este principio
implica necesariamente que las operaciones militares se fundan en la precaución
permanente de atacar solo objetivos militares plenamente identificados, de ahí la
importancia de conocer el ambiente operacional en el cual se desarrollan las
actividades militares, lo cual implica un profundo estudio de su población, sus
costumbres y todos los elementos que convergen a su alrededor, actividad que
recae principalmente en la sección de Inteligencia teniendo en cuenta que el
producto de ese análisis se va a convertir en el sustento para la ejecución de
las operaciones militares.
El trabajo
coordinado y sincronizado de la sección de Inteligencia de la mano con el Asesor
Jurídico Operacional, permite dar un contexto jurídico y legitimo a las
diferentes actividades que se desarrollan en el ciclo de inteligencia hasta
llegar al producto final que es el informe esencial para el planeamiento y
ejecución de la operación militar. Esa información obtenida y procesada debe
ser analizada desde el punto de vista de la necesidad militar, de ahí la
importancia del Asesor Jurídico Operacional quien debe examinar si la operación
que se pretende desarrollar está justificada militarmente y si el uso de la
fuerza es necesario, una vez visualizado el contexto de las personas y bienes
protegidos presentes en el lugar donde se planea ejecutar la operación militar.
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