miércoles, 15 de junio de 2016

SELENE


PRINCIPIOS DE CONDUCCIÒN DE HOSTILIDADES



Principalmente y para comprender el contexto de los principios que rigen la conducción de hostilidades empezare por definir desde el punto de vista conceptual la palabra hostilidades abordada en el Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados (Pietro Verri CICR), como los “actos de violencia ejercidos por un beligerante contra un adversario a efectos de aniquilar su resistencia y de obligarlo a seguir su propia voluntad. Aunque en el derecho internacional positivo no se defina este término, ha sido utilizado ampliamente”.

Los principios en la conducción de hostilidades buscan que en el desarrollo de las mismas se limiten los medios y métodos de combate, al momento de planear y ejecutar las operaciones militares. El Manual de Derecho Operacional para las FF.MM (edición 2015), plantea cuatro elementos a tener en cuenta al momento de conducir hostilidades. Estos elementos son en su orden: 1. La prohibición de ataques indiscriminados y sujetos de protección. Visto el ataque desde el derecho internacional humanitario como la violencia que se ejerce contra el adversario con fines ofensivos y defensivos, en ese contexto está prohibido los ataques a la población civil como tal, cuyo objeto sea el de generar zozobra, terror etc.

Este principio implica necesariamente que las operaciones militares se fundan en la precaución permanente de atacar solo objetivos militares plenamente identificados, de ahí la importancia de conocer el ambiente operacional en el cual se desarrollan las actividades militares, lo cual implica un profundo estudio de su población, sus costumbres y todos los elementos que convergen a su alrededor, actividad que recae principalmente en la sección de Inteligencia teniendo en cuenta que el producto de ese análisis se va a convertir en el sustento para la ejecución de las operaciones militares.

El trabajo coordinado y sincronizado de la sección de Inteligencia de la mano con el Asesor Jurídico Operacional, permite dar un contexto jurídico y legitimo a las diferentes actividades que se desarrollan en el ciclo de inteligencia hasta llegar al producto final que es el informe esencial para el planeamiento y ejecución de la operación militar. Esa información obtenida y procesada debe ser analizada desde el punto de vista de la necesidad militar, de ahí la importancia del Asesor Jurídico Operacional quien debe examinar si la operación que se pretende desarrollar está justificada militarmente y si el uso de la fuerza es necesario, una vez visualizado el contexto de las personas y bienes protegidos presentes en el lugar donde se planea ejecutar la operación militar.


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