Princesita
La doctrina reconoce
que las restricciones en el ambiente operacional limita el número de personal
con capacitación asistencial disponible para proporcionar cuidados inmediatos
en cualquier situación en el desarrollo de operaciones militar; pero a su vez
exige del primer respondiente mayor conocimiento, destrezas y autonomía en el
manejo de las diferentes situaciones
Hay miedo, mucho
miedo, no al enemigo sino, hay que decirlo, al sistema judicial. Han generado
un miedo brutal en el grueso de la Fuerza Pública. Nadie quiere terminar en la
cárcel por cuenta de ser el “primer respondiente” Nadie quiere que al muerto en
combate lo presenten como un ‘falso positivo’ Nadie quiere ser condenado a
décadas de prisión por “daños colaterales” o, peor, por cuenta de falsos
testigos o por delitos que no existían en el momento de los hechos.
Por eso el acordonamiento del lugar de los hechos Se
deben utilizar materiales aislantes, cintas o personas que eviten que extraños
ingresen al lugar de los hechos, para crear un cordón y zona de seguridad. Si
es una macro escena se ubicará un punto de mando. El perímetro por utilizar
deberá
señalarse en el informe de primer respondiente, y se
debe establecer si al momento de la entrega
del caso a la PJ se alteró o no el lugar de los hechos, con indicación tanto de
las personas como del motivo de dicha alteración.
Quien
actúa como primer respondiente debe evitar siempre contaminar la escena de los
hechos, producir falsas evidencias como huellas, manchas de sangre, por ningún
motivo debe comer, beber o fumar en el lugar de los hechos así como tocar,
mover o dañar los EMP
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