jueves, 16 de junio de 2016

Princesita
La doctrina reconoce que las restricciones en el ambiente operacional limita el número de personal con capacitación asistencial disponible para proporcionar cuidados inmediatos en cualquier situación en el desarrollo de operaciones militar; pero a su vez exige del primer respondiente mayor conocimiento, destrezas y autonomía en el manejo de las diferentes situaciones
Hay miedo, mucho miedo, no al enemigo sino, hay que decirlo, al sistema judicial. Han generado un miedo brutal en el grueso de la Fuerza Pública. Nadie quiere terminar en la cárcel por cuenta de ser el “primer respondiente” Nadie quiere que al muerto en combate lo presenten como un ‘falso positivo’ Nadie quiere ser condenado a décadas de prisión por “daños colaterales” o, peor, por cuenta de falsos testigos o por delitos que no existían en el momento de los hechos.
Por eso el  acordonamiento del lugar de los hechos Se deben utilizar materiales aislantes, cintas o personas que eviten que extraños ingresen al lugar de los hechos, para crear un cordón y zona de seguridad. Si es una macro escena se ubicará un punto de mando. El perímetro por utilizar deberá señalarse en el informe de primer respondiente, y se debe establecer si al momento de la entrega del caso a la PJ se alteró o no el lugar de los hechos, con indicación tanto de las personas como del motivo de dicha alteración.


Quien actúa como primer respondiente debe evitar siempre contaminar la escena de los hechos, producir falsas evidencias como huellas, manchas de sangre, por ningún motivo debe comer, beber o fumar en el lugar de los hechos así como tocar, mover o dañar los EMP

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