CONVERGENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS NO INTERNACIONALES.
Por
lo cual se debe precisar que el DIH teniendo en cuenta que es un derecho de mínimos de aplicación en situaciones excepcionales,
como lo es su aplicación en los CANI, por lo cual la normatividad interna de
los estados debe contemplar en el desarrollo de su normatividad de uso de la
fuerza en sus conflictos internos, el respeto por los Derechos Humanos en todo
momento, convergiendo de manera paralela al Derecho Internacional Humanitario,
como lo es brindar garantías fundamentales en el respeto de derechos que no pueden
ser suspendidos por el ámbito espacial, territorial y material de los
conflictos armados.
Un
ejemplo claro seria que en normatividad internacional concordada de derechos
humanos establece la posibilidad a los estados, de suspender derechos humanos
los cuales permitan minimizar las afectaciones incidentales a causa de la
guerra, pero de igual manera se recalca la prohibición de suspensión de derechos
humanos fundamentales, que han de ser respetados en todas las circunstancias; Derechos
como por ejemplo el derecho a la vida, la prohibición de la tortura, los
castigos o tratos inhumanos; la esclavitud.
Por
lo cual teniendo en cuenta los marcos juridicos internacionales los Estados están obligados
a respetar en todos los escenarios incluso en caso de conflicto o de disturbios, los derechos humanos que acogen el calificativo de " núcleo " , los
cuales son la piedra angular de creación de normatividad para el uso de la
fuerza.
Teniendo en cuenta lo anterior se brindara un criterio y concepto orientador en las próximas publicaciones
en cuanto a las situaciones fácticas de aplicación del DIH y DH en el uso de la
fuerza durante operaciones militares.
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