PRINCIPIO DE NECESIDAD MILITAR VS. LEGITIMIDAD DE LAS OPERACIONES MILITARES EN COLOMBIA
"Lo importante no es mantenerse vivo, sino mantenerse humano" (George Orwell)
Colombia, país que se encuentra inmerso en
un conflicto armado de carácter no internacional desde hace varias décadas, confiere
a sus Fuerzas Militares a través de su Constitución Política, la misión de
velar por la seguridad y defensa nacional. Para el cumplimiento de tales fines,
les otorga el monopolio legítimo del uso de la fuerza, suministrándoles las
armas de la República como mecanismo para asegurar la integridad de todos los
colombianos.
Ese deber constitucional impuesto a los
miembros de las F.F.M.M. impone una doble carga: por un lado, deberán hacer uso
de la fuerza cuando la necesidad militar lo exija, combatiendo a los grupos
organizados ilegales que atentan contra el pueblo colombiano. Por otro lado,
deberán respetar y garantizar en todo caso, el cumplimiento de los Derechos
Humanos y la irrestricta aplicación de las normas del Derecho Internacional
Humanitario durante las hostilidades.
Se erige como principio del Derecho
Internacional Humanitario, el de la Necesidad Militar, formulado en la
declaración de San Petersburgo de 1868 y desarrollado en varias oportunidades
por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, mediante el cual se
justifica adoptar medidas de violencia militar que permitan garantizar de
manera eficaz el sometimiento del enemigo, procurando ocasionar el mínimo de daños
colaterales y al menor costo posible.
Este principio no puede ser tomado a la
ligera. No puede convertirse en una patente de corso para el desarrollo de
operaciones militares que por su premura, y convirtiendo este principio en una
buena excusa, no desarrollen un buen planeamiento que permita mitigar
verdaderamente los daños en personas y bienes protegidos por el DIH.
La mala interpretación de este principio
podría llevar a equívocos. Una buena guerra, es una en la cual todas las
actuaciones militares son estrictamente necesarias. Es entonces en definitiva,
una medida que serviría para evaluar un curso de acción. De esta manera si una
operación militar es necesaria, entonces sería factible ejecutarla. No por el
contrario, una excusa para operar militarmente sin un buen proceso para la toma
de decisiones, una justificación para ocasionar muertes a no combatientes y
destrucción a bienes protegidos por el DIH.
Tiene que existir un real balance entre la
necesidad militar y las distintas consideraciones humanitarias. ¿Hasta qué
punto se pueden ocasionar muertes a personas, por desarrollar operaciones
militares que buscan objetivos de alto valor? ¿Es justificable la destrucción
de una casa (bien protegido por el DIH), en una operación militar cuyo
planeamiento ha sido exhaustivo, anteponiendo el principio de necesidad militar?
¿Es justificable la destrucción de dos, de tres casas? ¿De un edificio? ¿Cuándo
se considera que se han mitigado los riesgos de ocasionar daños? ¿En qué
momento una operación militar resulta ilegítima por malinterpretarse este
principio del Derecho Internacional Humanitario?
Coraza.
Coraza.
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