El Estado colombiano
hace más de 50 años enfrenta un conflicto armado que ha dejado al rededor de 7
millones de víctimas, durante este lapso de tiempo Colombia ha tenido que
enfrentar diferentes grupos organizados al margen de la ley, los cuales han ido
surgiendo y evolucionando en el desarrollo del mismo conflicto y que de una u
otra manera han obtenido provecho de esta situación, en donde la más afectada
ha sido la población civil, quienes han tenido que sufrir las consecuencias
devastadoras de la guerra.
Entre los hechos más
reprochables que ha tenido que sufrir la población civil durante el desarrollo
del conflicto armado colombiano están: desplazamiento forzado, despojo de
tierras, secuestro, extorsión, reclutamiento ilícito de niños, niñas y
adolescentes, tortura, homicidio en persona protegida, asesinatos selectivos y
masacres, amenazas, delitos contra la libertad y la integridad sexual,
desaparición forzada, siembra de minas antipersonales, ataques, pérdidas de
bienes civiles y atentados contra bienes públicos.
Los agentes
generadores de todas estas barbaries han sido: las guerrillas, grupos
paramilitares y para nadie es un secreto que agentes estatales también han
cometido graves violaciones a las normas que regulan y humanizan la guerra, así
como también han participado terceros oportunistas que han sacado provecho de
la situación de violencia que se vive en Colombia.
Es por lo anterior
que se hace necesaria la aplicación del Derecho internacional Humanitario en el
desarrollo de los conflictos armados que se presenten en cualquier Estado, ya
sea de carácter interno, como es el caso de Colombia o de carácter
internacional y es necesaria su aplicación precisamente porque con el DIH lo
que se busca es la humanización de la guerra, proteger a aquellas personas y bienes que no toman parte en el
conflicto.
Lo anterior explica la
importancia del porqué se ha venido aplicando el DIH en el conflicto armado colombiano, ya
que con ello se reconoce que estamos en guerra pero que a pesar de eso se está
respetando la dignidad de las personas, lo que refleja ante la comunidad
internacional una buena imagen de este País, demostrando que el Estado cumple
con las normas consagradas en los tratados internacionales.
ORION
Derecho Internacional Humanitario y
Operaciones Militares en Colombia
Es necesario precisar que el
derecho internacional humanitario se considera el máximo instrumento normativo
que nos permite establecer en forma clara y precisa los métodos, medios,
restricciones, y limitaciones que se deben tener en cuenta en un escenario de
conflicto armado por parte de los que participan en dichas confrontaciones,
este conjunto normativo de igual manera nos permite distinguir entre los bienes
y personas que pueden ser considerados objetivo militar y los que no, de ahí
que sea de especial interés para los miembros de las Fuerzas Militares y los
operadores judiciales comprender que en el desarrollo del conflicto armado de
carácter interno que existe en Colombia, el marco jurídico a aplicar en la conducción
de las Operaciones Militares es el que contempla el derecho internacional
humanitario.
Lo anterior entonces nos
permite establecer que el respeto y la buena aplicación del DIH en la
conducción de las hostilidades nos darán una tranquilidad en cuanto a
posteriores situaciones de carácter judicial que se puedan llegar a presentar.
Ahora, también es necesario
aclarar que el hecho de que las Operaciones Militares se conduzcan en el marco
del DIH, no quiere decir que se tienen que dejar de aplicar los DDHH, estos se
deben seguir aplicando de acuerdo a la situación en la que nos encontremos, lo
que se debe hacer es una ponderación en los casos específicos de cual es mas necesario o conveniente de aplicar en cada situación particular en la que se
encuentren las tropas, teniendo en cuenta que entre más me acerque a las
Hostilidades, mas debo aplicar el DIH.
Lo anterior debido a que los
DDHH se deben aplicar en todo momento, estemos o no estemos en conflicto
armado, mientras que el DIH se aplica sólo cuando existe un Conflicto Armado
sea o no de carácter internacional, entonces para el caso Colombiano en donde
se desarrolla un Conflicto Armado Interno, se debe aplicar la convergencia del
DIH con los DDHH, mientras subsista dicho conflicto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario