En Colombia el conflicto armado vivido a lo largo de
décadas, ha llevado a que en algunos
casos por errores humanos o desconocimiento de doctrina militar se cuestionen operaciones militares por parte
de las entidades nacionales e incluso a
que se llegue a cuestionamientos por parte de organismos internacionales
como lo es la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En principio podría decirse que el actuar
legitimo de los hombres y mujeres que
integran las Fuerzas Militares se ha visto empañado por la labor que muchas
veces se han dedicado a mostrar organizaciones u ONGS que buscan generar una
percepción de unas Fuerzas violentas y desconocedoras de los mandatos
constitucionales y legales que deben regir el actuar operacional que se desprende en ultimas de la doctrina
previamente establecida.
Uno de los elementos a
tener en cuenta cuando se trata de operaciones millares se encuentra en el manual básico de operaciones conjuntas y por lo cual dicho manual debe ser de conocimiento de todos los Comandantes de Unidades Militares en el nivel que sea necesario, puesto que la noción que se
imprime en el mismo respecto al que hacer operacional parte de la intención del
Comando General de las Fuerzas Militares.
Mencionada manual
adquiere real importancia si se tiene en cuenta que en el mismo se consignaron aspectos básicos de la
doctrina militar respecto a la organización planeamiento y conducción de
operaciones conjuntas, todo ello teniendo como referencia principal la misión
constitucional establecida en la carta política y tantas veces citadas en los
diferentes documentos operacionales lo cual hace que esa doctrina sea de
conocimiento y consulta básica de los Comandantes.
Corolario a lo anterior
no se puede olvidar en ningún momento que el desarrollo de cualquier operación militar no es un capricho propio de
la voluntad del mando, sino que obedece a la voluntad política del Presidente de la República como máximo Comandante de las Fuerzas Militares, por lo cual esa voluntad
política, es aterrizada partiendo de los postulados constitucionales siendo de
resaltar que la doctrina operacional responde a las necesidades políticas y
militares que se deben seguir para el correcto desarrollo militar a nivel estratégico,
operacional y táctico según se requiera.
Así las cosas y para efectos académicos se hace necesario determinar con meridiana claridad las operaciones que se establecen en la doctrina militar su empleo efectivo, clases de operaciones, y responsabilidad del mando entre otros aspectos que serán explicados de manera posterior, a fin de que sirvan como fuente de consulta de acuerdo a las necesidades propias de cada teatro de operaciones.
KIMORA.
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