miércoles, 15 de junio de 2016

MINERIA ILEGAL
En primer lugar la minería ilegal debe abordarse y entenderse como un problema público, el cual está afectando enormemente a las personas,  en su calidad de vida, condiciones de mínima de existencia y en mayor medida al medio ambiente, nuestro ríos, boques, y montañas están siendo afectadas, todo por una fiebre por el oro y otros metales preciosos.
Dicho flagelo  día tras día avanza a pasos de gigante, logrando la destrucción de ríos, la muerte de niños indígenas, campesinos y afrodescendientes, como resultado de la contaminación de los afluentes con mercurio  y otros químicos usados en el “lavado” del oro y otros metales extraídos de las entrañas de nuestra tierra colombiana.
Esta actividad ilícita  se encuentra tipificada en el Art. 338 del código Penal, el cual reza así,    
Explotación ilícita de yacimiento minero y otros materiales. El que sin permiso de autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente explote, explore o extraiga yacimiento minero, o explote arena, material pétreo o de arrastre de los cauces y orillas de los ríos por medios capaces de causar graves daños a los recursos naturales o al medio ambiente, incurrirá en prisión de dos (2) a ocho (8) años y multa de cien (100) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Así mismo el código Minero (Ley 685 de 2001), la define en su artículo 159,  como:
Exploración y explotación ilícita. La exploración y explotación ilícita de yacimientos mineros, constitutivo del delito contemplado en el artículo 244 del Código Penal, se configura cuando se realicen trabajos de exploración, de extracción o captación de minerales de propiedad nacional o de propiedad privada, sin el correspondiente título minero vigente o sin la autorización del titular de dicha propiedad.
Posdata: En la próxima entrega hablaremos de los casos más relevantes y los daños ambientales que ha causado la minería ilegal en el país.

Gioconda… 

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